Política Salarial

Como parte de las medidas que el Estado Peruano está adoptando a fin de garantizar la igualdad de oportunidades sin discriminación entre hombres y mujeres, desde Diciembre del 2017 se pone en vigencia el cumplimiento de la Ley 30709, Su reglamento se publicó en Marzo de 2018 y es fiscalizable a partir de Enero 2019, Sin embargo la aplicación de multas es posible a partir del 01 de Julio de 2019 (01 de Diciembre de 2019 para Mypes).

Para cumplir con las nuevas exigencias de Sunafil de acuerdo a la “Ley que Prohíbe la Discriminación Remunerativa entre Varones y Mujeres”, las empresas deberán tener desarrollado un cuadro de categorización y funciones, en base a criterios objetivos. 

Por qué Implementar un sistema de igualdad salarial?

Para cumplir con la ley local y no ser multados: 

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    El servicio de implementación de política salarial incluye lo siguiente

  • Política Salarial o remunerativa: Elaboración de Política Salarial de acuerdo a la Ley N° 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres (Ley de Igualdad Salarial), su Reglamento y la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
  • Identificación de puestos de trabajo: Identificar y agrupar correctamente los puestos de trabajo dentro de la organización.
  • Género de los puestos: Determinar si los puestos de trabajo son predominantemente masculinos o femeninos.
  • Valorización de puestos de trabajo: Esta valorización será basada en 4 factores:
    • Calificaciones o competencias
    • Esfuerzos
    • Responsabilidades
    • Condiciones de trabajo
  • Cuadro de Categorías y Funciones
  • Capacitación: Sobre Discriminación salarial y Política Remunerativa, Incluye entrega de diapositivas.

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